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Un tribunal limita el derecho al olvido de Google a la Unión Europea

Responsable de Redes Sociales y redactora de TodoStartups

Google vuelve a ganar ante los tribunales en relación al derecho al olvido. Y es que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que los usuarios pueden solicitar que los resultados sobre ellos sean eliminados del buscador, pero éste no tiene la obligación de retirar los enlaces de todas las versiones, sino sólo las de la Unión Europea.

La lucha por el derecho al olvido empezó hace unos cinco años en España, cuando un abogado recurrió a la Agencia Española de Protección de Datos para que Google eliminara unos enlaces a una publicación de La Vanguardia sobre unos embargos por deudas en la Seguridad Social. Su caso llegó a Europa cuyos tribunales avalaron que los usuarios pueden solicitar al buscador que se eliminen de los motores de búsqueda sus nombres, pero sólo en determinadas ocasiones, dejando a la compañía la decisión de si la petición procede o no. Si el enlace continúa publicado y no se retira, los ciudadanos tendrán también derecho a recurrir ante la justicia.

Eso es lo que hizo un usuario francés, que recurrió a la Comisión Nacional de Informática y Libertades de Francia al confirmar que algunos enlaces todavía aparecían cuando incluía su nombre en el motor de búsqueda. El problema estribaba que Google eliminaba los enlaces de sus filiales europeas, pero no del resto de buscadores de otras partes del mundo. En ese momento, la comisión francesa exigió a Google que accediera a la petición de dicho usuario de eliminar los enlaces con su nombre, pero la compañía americana sólo los eliminó de las búsquedas dentro de la Unión Europea. Ahora bien, introdujo un bloque geográfico para que esta información que estaba disponible para los buscadores no europeos no pudiera ser consultada por los usuarios accediendo a la búsqueda desde el lugar de residencia del afectado.

La Comisión consideró que estas medidas no eran suficientes y multó a Google con 100.000 euros. La compañía recurrió esta multa argumentando que ellos no tenían la obligación de retirar todos los enlaces de todas partes del mundo. Pues bien, ahora la justicia europea le ha dado la razón al gigante tecnológico.

El Tribunal de Justicia considera que la retirada de los enlaces a nivel global sería la fórmula que “respondería plenamente al objetivo de protección que persigue el Derecho de la Unión”, pero también destaca que otros países no contemplan el derecho al olvido o lo afrontan de otra manera diferente. Asimismo, recuerdan que no se trata de un “derecho absoluto”, sino que está sujeto al principio de “proporcionalidad”, lo que significa que está relacionado con un buen balance entre el respeto a la privacidad de los usuarios y la libertad de información.

La Corte de Luxemburgo indica que debido a que la legislación comunitaria no prevé instrumentos y mecanismos de cooperación en relación al alcance de la retirada de los enlaces fuera de la Unión Europea, Google no está obligado a proceder a dicha eliminación de todas las versiones de su motor de búsqueda.

Google vuelve así a ganar otra batalla legal con la corte europea ya que el tribunal invalidó la ley alemana que prohíbe mostrar en sus resultados los resúmenes de noticias de medios de comunicación sin haber antes pagado a sus editores. 

Responsable de Redes Sociales y redactora de TodoStartups
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