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Protección de datos en Cuba

Redactora (La Habana-Cuba)

El avance de la informatización de la sociedad cubana, ha revolucionado la manera en la que los ciudadanos se relacionan con las plataformas tecnológicas tanto estatales como privadas. Ambas tienen en común la recopilación de datos y cumplen con ¿la legislación vigente? Cuba tiene una deuda y es el vacío legal con respecto a la protección de datos personales.

Porter@: aceptar y escanear

En las colas cubanas hay una escena recurrente: mientras decenas, a veces, cientos de personas, esperan en las largas filas para comprar productos, teléfono en mano una persona escanea uno por uno los carnet de identidad de cada uno. Sin este trámite repetitivo y agotador nadie podrá adquirir los productos.

Las autoridades cubanas libran desde hace ocho meses dos batallas: una contra el coronavirus y otra contra los “coleros”. Esta última se ha intensificado, primero, con la llegada de la app Porter@, y, luego, con el grupo de trabajo de Lucha Contra Coleros (LCC).

La app, desarrollada por la Universidad de Ciencias Informáticas (UCI), ha revolucionado las colas, pues de pedir el “último” se ha pasado a “¿ya recogieron el carnet?”. Este documento o sus similares (pasaportes, licencia de conducción) han sido fundamentales para adquirir lo que necesitas en las tiendas nacionales.

Esta plataforma detecta y establece el período de compra entre un producto u otro. Sin embargo, su primera premisa no fue esa, pues “había la necesidad de saber si resultaba alguien positivo y estuviera en una cola, quiénes más habían estado en esa cola”, según Haniel Cáceres, uno de los desarrolladores, en entrevista a Conecta2, espacio televisivo de la UCI.

¿Está aún empleándose en este sentido? Sobre ello, otro de los desarrolladores, Yosvani Vázquez, explicó que “esta aplicación como mejor se usa es si la usan todos, porque permite una intercomunicación entre tiendas, y desde el punto de vista epidemiológico es esencial, debido a que da a conocer la movilidad de esa persona. Si esta persona tuvo un comportamiento colístico y se mueve hacia otro municipio, y es detectado es esencial que se apliquen medidas contra esta persona, porque se está moviendo y si resultara sospechoso, en algún momento, hay que desplegar, un poco más de recursos para contener esto”.

Con esa información pudieran saber en qué tienda fue, qué cajero o dependiente, incluso, personal anticolero estaba ese día, con “quiénes pudo estar en contacto” o si fue de los primeros o el último en la cola.

¿Por qué tiempo se almacenará la información recopilada?, ¿Para qué y cómo podría ser empleado lo obtenido? No se conoce mucho más, pero sí que es más que una plataforma que regula lo que compras. Una de sus vulnerabilidades es la triangulación  de datos, entre la plataforma y otras bases de datos como la Oficina Nacional Tributaria (ONAT) o el Ministerio del Interior (MININT), tal como fue develado a través del portal ciudadano del gobierno de La Habana y denunciado por varios ciudadanos, entre ellos la usuaria Monik en Twitter.

A través de la nota “Resumen de la primera semana de la Operación de Lucha contra los Coleros en la capital”-eliminada-se conoció que “como soporte de apoyo principal de la Operación LCC, el MININT ha implementado una versión del sistema PORTERO, con enlace a sus bases de datos de la actividad delictiva, que ya se emplea en 135 centros, para el enfrentamiento a los ciudadanos que ejercen la actividad de coleros y otras categorías de interés de la PNR”, citaba el texto. También ofrecía datos sobre “309 deudores de la ONAT y 152 deudores de multas”.

Por la integración de los datos expuestos, tal vez ese día una familia dejó de adquirir el el pollo- cuando le apartaron de la fila. Y por eso, una de sus debilidades es la falta de anonimato de datos que acumula. Alguien sabe qué compras, con qué periodicidad, además de ti.

Sobre la “nueva versión”, solo conocemos que el 24 de septiembre hubo una nueva actualización que incluye “el control de producto  que se vende en la cola como tal, lo que permite, controlar a una entidad competente, dígase una entidad de gobierno, o de tiendas como tal, lo que permite conocer el flujo de personas hacia una tienda, debido a un producto específico, esto lo permiten los tableros, que como tal ellos pueden ver, cantidad de personas que se mueven para una determinada cantidad de productos específicos", según Vázquez.

“Estos datos se almacenan de una manera que solo pueden ser leídos por la aplicación o las autoridades competentes, que sí pueden acceder a los números de carnet, nombres de las personas, pero desde el punto de vista de la aplicación, hoy guarda la información encriptada en el dispositivo, y solo es accesible por la propia aplicación”, explicó Haniel Cáceres al espacio.

También sumó datos como “cuándo el cliente accedió a la tienda, la hora en que lo hizo, los productos que habían en existencia en la tienda en ese momento y así gestionar el acceso a los puntos de venta”.

Yosvani Vázquez explicó sobre las nuevas características como “posibilidad de contar con una comunicación directa con un servidor que permite la sincronización de las colas como tal, permitiendo a grandes rasgos, lo que sería la recuperación de los datos, en caso de que sucediera algo con la persona que se encuentra organizando la cola”.

En ese espacio, además, se ratificó el empleo de la app en el país y “en las versiones anteriores”. Con una implementación de más de siete meses, y sin transparencia en el uso de estos datos, qué otros datos sensibles pueden estarse recabando, ¿qué tienda, zona es la más abastecida?, ¿qué productos son los que más se compran, por zonas, por provincia, por país?, ¿con qué tiempo un miembro del núcleo familiar hace la compra?

Y si es para determinar quién es colero, quién no trabaja, quién tiene tiempo para estar en colas, quién nunca ha sido escaneado o muy poco y compra, tal vez, a sobre precio.  ¿Cuántos de un mismo núcleo adquieren el mismo producto el mismo día? ¿Dónde estaba la persona, en qué tienda compró? ¿Es cerca de su casa o en otro municipio? ¿Qué núcleos “van más a colas”?

Un reportaje del periódico local ¡Ahora! de Holguín ejemplificó algunos de los empleos de la plataforma, entre ellos, lo revelado por Carlos Parra, presidente de la Unión de Informáticos de Cuba (UIC) en la provincia y uno de los ejecutores de  app.

“Búsquedas de coincidencia en un mismo día, entre las tiendas Luz de Yara, Modas Praga y La Hogareña arrojaron que, aproximadamente, 166 personas compraban en las tres. Casi todos jóvenes o mayores de 65 años. La aplicación registró la hora de la compra y la diferencia entre la adquisición en una tienda y otra era de 15 o 20 minutos, lo que demuestra que habían marcado en todas. Diariamente, repetían personas en los primeros 20 números; además, la estancia diaria del personal encargado de controlar llevó a conocer de vista a la gente. Con estos elementos, se pudo deducir quiénes eran los posibles coleros”.

Por eso uno de los peligros de esta app es su obligatoriedad, pues sin Términos y Condiciones, lo único que queda es aceptar y escanear, incluso cuando en la Constitución de la República de Cuba, el artículo 48 ratifique que “todas las personas tienen derecho a que se les respete su intimidad personal y familiar, su propia imagen y voz, su honor e identidad personal”, eso no engloba a cabalidad la necesidad de contar con una ley ad hoc de protección de datos personales.

La recogida de datos ha sido constante en medio de la pandemia

La recogida de datos ha sido constante en medio de la pandemia. Se han desarrollado otras apps similares a Porter@ tales como cola.cu (La Habana) y Control de Tiendas (Matanzas).

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Un “programa para la gestión correcta de las colas y evitar, por ejemplo, que las mismas personas compren determinados productos varios días en la semana fue discutida en la reunión para ampliar su uso en el territorio”, de acuerdo con Tribuna de La Habana.

La app inició operaciones el pasado 1ro. de septiembre en todos los municipios de la capital, según el diario Granma y tuvo como razón de ser, limitar la compra debido a las restricciones de movilidad a inicios de ese mes cuando se prohibía la compra fuera de los municipios de residencia.

La app fue desarrollada por la Universidad Tecnológica de La Habana José Antonio Echeverría (CUJAE), desplegada en 186 tiendas, “con la finalidad de registrar al cliente que está comprando a través de su carnet de identidad y crea una base de datos”, de acuerdo a Granma. Sin embargo, no se dice información de si se ha parado la app o si se emplea en simultáneo a Porter@.

Control de Tiendas

La app que-debía ponerse en funciones a finales de este septiembre-consiste en “la asignación de un código QR (respuesta rápida) para cada núcleo familiar, con el cual se podrá acceder una vez al pollo, aceite, picadillo, perro caliente, jabón de lavar y de baño, pasta de diente y detergente”, según la Agencia Cubana de Noticias (ACN).

Los datos, eso sí, se conoce fueron tomados “de casi 60 mil núcleos familiares de la Oficina de Control para la Distribución de los Abastecimientos (OFICODA)”.

Pesquisador Virtual

Con la llegada de la COVID-19 a Cuba, el Estado cubano echó mano de las pesquisas poblaciones para detectar casos positivos a la enfermedad. Como complemento, la Universidad de las Ciencias Informáticas (UCI) creó en alianza con los ministerios de Salud Pública (MINSAP) y de las Comunicaciones (MINCOM) creó la app Pesquisador Virtual para mediante esta, las personas pudieran autopesquisarse ante síntomas febriles o de sospecha ante el Sars-Cov-2.

Sin embargo, varios son quienes han mal empleado esta app, ya sea por desconocimiento o por entretenimiento, si es este último está incumpliendo uno de los párrafos que aparecen en la interfaz y no como términos y condiciones. “El empleo o la utilización de información falsa puede dar lugar a responsabilidad civil, administrativa o penal y a la imposición de las sanciones previstas en las leyes”.

Así ha sucedido con algunos ciudadanos, donde 30 personas accedieron  en Ciego de Ávila, y ofrecieron datos falsos o dieron información no real, según Juventud Rebelde. Así como, en la provincia de Granma, “muchas personas estaban introduciendo datos erróneos”, según Canal Caribe.

¿Cómo proceder ante esos casos? El Decreto Ley 370 “faculta al Ministerio de la Informática y las Comunicaciones para imponer multas muy elevadas por la utilización indebida de las tecnologías de la informática y las comunicaciones (…) Ahora bien, si en la investigación se comprueba que una persona actuó deliberadamente para confundir a las autoridades, el hecho pudiera ser constitutivo de delito y ese ciudadano pudiera ser procesado penalmente”, de acuerdo con el fiscal Karel Roberto, consultado por Juventud Rebelde.

¿A dónde van esos datos con los cuales usted debe estar conforme? Según el primer párrafo de la plataforma son analizados exclusivamente por el MINSAP, sin embargo, no se dice por cuánto tiempo la información queda retenida.

Otra app similar es PesquiActiva Covid-19 elaborada en conjunto con Cinesoft, informáticos del sector no estatal y expertos del MINSAP. De acuerdo con Juventud Rebelde,  esta es usada “por los pesquisadores oficiales, principalmente los estudiantes de Medicina a nivel comunitario y con procesamiento de información en tiempo real a nivel del MINSAP y se utiliza como soporte del estudio poblacional de seroprevalencia que se realiza en el país”.

En esa publicación se conoció, además, sobre “una plataforma informática que recopila datos vinculados al uso de internet en los móviles y con ellos realiza un análisis de movilidad que permite comprobar el efecto de las medidas a favor del enfrentamiento a la Covid-19” desarrollada entre la Facultad de Física de la Universidad de La Habana y Etecsa.

Sobre ese sistema poco o nada se conoce. ¿Cómo geolocaliza el sistema? ¿Puede ETECSA aprobar el seguimiento, contó con los usuarios para ello? ¿Con qué objetivos se emplea y por cuánto tiempo?

María Paz Canales, directora ejecutiva y miembro fundadora de Derechos Digitales anota  “si se busca cooperación a través de la entrega de datos agregados por empresas de TICs a los estados, ello debiera realizarse bajo políticas de transparencia en que se les comunique a las usuarias por adelantado qué datos agregados se está considerando entregar a la autoridad, además de abrir canales de diálogo que permitan resolver dudas y cuestionamientos. La información provista al público debe ser suficiente para que se le permita comprender cuál es la utilidad de los datos que se están divulgando, cuáles son los resguardos tomados para proteger la privacidad individual de las usuarias, a quién se entregará acceso a los datos y bajo qué resguardos de seguridad”.

Sin llegar Cuba a ser una “Isla del Big Data”, son varios los riesgos que apps como estas encierran. Digamos que alguien haya introducido en sus datos una X enfermedad y esté aplicando para un puesto laboral y como el país tiene la tradición de hacer “averiguaciones” antes de dar el sí para el puesto, es posible que la entidad en cuestión accede a esa información que pueda negar el puesto laboral. Así también pudiera suceder a un crédito bancario, que ante la determinada enfermedad no sea ofrecido.

No obstante, Wilfredo González Vidal, Viceministro Primero del MINCOM, ratificó que “Cuba usa herramientas de Big Data, modelos matemáticos para la predicción del comportamiento del virus y plataformas digitales vinculadas a los procesos de diagnóstico, gestión, vigilancia, prevención y control de la Covid-19”.

Negocios cubanos tengo tus datos y ¿qué?

LanzaderaCuba anuncia que desea trabajar con los emprendedores cubanos y para hacerlo, deben entregar información tanto personal como corporativa.

Sin embargo, la “web” pide mucho, pero da poco a cambio, ¿quiénes son, por qué lo hacen, y cómo lo harán? “En el Proyecto Lanzadera tratamos la información que nos facilitan las personas interesadas con el fin de prestar los servicios provistos por nuestra organización”.

El Catre, marketplace cubano, permite que puedas observar y comprar variedad de productos/servicios de emprendimientos cubanos, pero para disfrutar de sus servicios, debes crearte una cuenta.

Un formulario pide lo usual como Facebook o Twitter; sin embargo, ¿es relevante que sepas que es una plataforma cubana usando datos de los cubanos? ¿Qué se dice sobre su empleo y su vigencia? Con respecto al último, “los Datos Personales de los USUARIOS permanecerán en las bases de datos de EL Catre, LLC. durante el tiempo que sea necesario para el cumplimiento de sus deberes legales, con las finalidades expuesta en las POLITICAS DE PRIVACIDAD”.

Con la obligatoriedad de tener cuenta para acceder, se contradice, incluso, lo planteado: “Los USUARIOS anónimos podrán explorar los negocios registrados, así como los productos y servicios que ofrecen, entre otra información. De igual forma los motores de búsqueda podrán indexar los contenidos públicos presentes en la plataforma”.

En una hora podrás tener una pizza en la puerta de tu casa o centro laboral solamente haciendo una llamada telefónica a Ring Pizza, negocio que mediante esta vía-no la única-recoge los pedidos de quienes la desean. Extrae lo básico: nombre, dirección y número telefónico.

Cuando vuelvas a llamar, sabrán quién eres, pero ¿qué otros datos pudieran saber de ti con una llamada?, ¿hacen un perfil que se complementa -tal vez- con los pedidos que realizas por sus otros servicios como Messenger o su web?

No sabes quién llamó a tu teléfono celular/fijo esta mañana porque no tienes su contacto, ¿puedes saberlo? Sí, Directorio Cubano tiene la mayoría de las respuestas, gracias a la filtración de datos de la única Empresa de Telecomunicaciones de Cuba (ETECSA).

¿Cómo llegamos hasta el cronograma legislativo de 2021?

En la anterior constitución- a la vigente- se ratificó que “en Cuba, aunque es inexistente la regulación constitucional sobre el derecho a la protección de datos personales, se pueden identificar indicios de respaldo desde la Ley fundamental al declararse en el Preámbulo: «Yo quiero que la ley primera de nuestra República sea el culto de los cubanos a la dignidad plena del hombre»”, de acuerdo con las autoras Yarina Amoroso y Zahira Ojeda.

De manera que “si analizamos nuestro ordenamiento jurídico, esta omisión parte desde nuestra Constitución promulgada el 24 febrero de 1976 y reformada el 12 de julio de 1992 y el 10 de junio de 2002, la cual no incluye, el derecho a la libertad informática, ni el derecho de acceso a la información”, apuntó Mayda Gallardo.

Por ello “no solo estamos refiriéndonos a la ausencia de normas específicas”, sino que “resulta inexistente, además, una ley específica que reconozca el derecho a la protección de los datos de carácter personal. Sin embargo, son varias las normas sectoriales”, ratifican Amoroso y Ojeda.  Entre ellas relacionadas con el secreto bancario, esta última ha sido cuestionada recientemente por el programador cubano Luilver Garcés, quien expuso en Twitter como mediante transacción expusieron su información.

Con la nueva constitución, vigente desde el 24 de febrero de 2019, en el artículo 97 “se reconoce el derecho de toda persona de acceder a sus datos personales en registros, archivos u otras bases de datos e información de carácter público, así como a interesar su no divulgación y obtener su debida corrección, rectificación, modificación, actualización o cancelación”.

“Este es un gran paso de avance de la Constitución. Está en correspondencia con todo lo pactado internacionalmente por Cuba en materia de derecho al conocimiento de los datos públicos que el Estado maneja sobre los particulares, así como el derecho a la rectificación y corrección de esos datos lo que incluye acceder a ellos e interesar su no divulgación. No incluye la obligación de acceder a otros tipos de registros que no sean estatales”, de acuerdo a la investigación La Cuba que Viene.

Sin embargo, al no incluir la posibilidad de “acceder a otros tipos de registros que no sean estatales”, cómo quedaría un decreto-ley al respecto, sino se tienen en cuenta las plataformas tecnológicas privadas tanto nacionales como extranjeras.

A su vez, el artículo 48 se refiere a que “todas las personas tienen derecho a que se les respete su intimidad personal y familiar, su propia imagen y voz, su honor e identidad personal”.

Por tanto, “hasta que no entren en vigor, la protección constitucional no dejará de ser un enunciado incompleto, que circunscribe el ejercicio de los derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación y oposición frente al manejo de los datos por personas ajenas a su titular) a la información que se encuentra solo en registros públicos”, refiere Giselle Morfi.

También agrega: “al no existir un mecanismo de garantía, como el habeas data (mecanismo de garantía constitucional, que protege a las personas contra el uso abusivo de información personal) u otro procedimiento constitucional autónomo, seguirá siendo ineficaz el ejercicio del derecho a la protección de datos personales”.

De acuerdo con el jurista Raudiel Peña, con su instrumentación, pudieran enfrentarse problemas como las filtraciones de la base de datos de ETECSA, por ejemplo, “pues posibilitaría a los perjudicados interponer una demanda, bien en sede administrativa y/o judicial, para cancelar el uso indiscriminado y la exhibición sin consentimiento de sus datos. Ante esta acción, la persona jurídica administradora de la información estaría compelida a adoptar más y mejores medidas para resguardarla”.

De los países de América Latina, Cuba está ausente si de materia legislativa de protección de datos se trata, no obstante el cronograma legislativo lo tenía contemplado para el pasado noviembre y debería legislarse en febrero de 2021.

Este mapa así lo comprueba en el tuit de Alberto Iglesias Fraga, periodista y subdirector de Disruptores e Innovadores: “las leyes de protección de datos se actualizan a los nuevos tiempos en todo el mundo”

“Para lograr una adecuada protección de los datos personales en el contexto cubano se debe partir de crear las normas que rijan la titularidad de la información, el reconocimiento de los derechos del titular de esta y los deberes del procesador de datos. Es indispensable que se detallen derechos de consulta, información, acceso, rectificación, cancelación, oposición, indemnización e impugnación de valoraciones arbitrarias”, explica Gallardo.

De ahí lo comentado por Ana María Álvarez-Tabío, Doctora en Ciencias Jurídicas, quien abordó sobre los retos, entre ellos “mayor conocimiento del manejo de estas herramientas y de las consecuencias de su uso irresponsable, que van de la mano de una educación cívica y ética como ciudadanos digitales, y una normativa jurídica clara y eficiente acompañada de políticas públicas y hasta de acciones específicas para un entorno de Internet confiable”.

Por ello es necesario un decreto-ley que no solo regule quién tiene tus datos, sino rinda cuentas sobre su porqué, su tratamiento, su transparencia. ¿Están los legisladores cubanos preparados para asumir el desafío? ¿Será este un paso para aspirar a legislar sobre la neutralidad de la red o derechos al acceso de las tecnologías? Sin dudas será un comienzo que deberá tener en cuenta y simultanearse con las leyes de protección al consumidor.

 

Redactora (La Habana-Cuba)
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