Los emprendedores de empresas de base tecnológica incurren en gastos relacionados con actividades de I+D+i. Este tipo de apunte minora los ingresos (cuando los hay) ocasionando que en la cuenta de explotación aparezcan pérdidas que proporcionan un escudo fiscal. Es decir, en el futuro, cuando haya beneficios, la base imponible del impuesto de sociedades se reduce y así la empresa paga menos tributos.
La ley permite que el emprendedor “active” estos gastos. La activación lo que hace es reconocer que esos gastos en investigación dieron lugar a un activo del que la empresa espera obtener beneficios.
Así por ejemplo, el sueldo pagado a los desarrolladores de un programa informático se traduce en un software que posteriormente se podrá comercializar. Esos sueldos pueden “activarse”, y su importe pasa al balance de la empresa en su lado del activo en un apartado denominado “activo inmaterial o intangible”.
Cuando activas los gastos las pérdidas desaparecen de la cuenta de explotación, pues el apunte contable de activación se hace contra una cuenta de ingresos denominada “trabajos realizados para el inmovilizado inmaterial”. En otras palabras, nos apuntamos un ingreso ficticio que compensa los gastos de I+D+i contabilizados en el ejercicio.
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