1. Acceso a financiación
Sin financiación no hay emprendimiento, por lo que allanar el camino a la búsqueda de socios capitalistas, ayudas y/o créditos blandos redunda en el arranque de nuevos proyectos empresariales. Algunas medidas concretas que facilitarían el acceso a la financiación serían:
a) Creación de un marco fiscal favorable para los business angels: la deducción en el IRPF para business angels prevista en la Ley de emprendedores fracasó sencillamente porque los business angels suelen realizar sus inversiones a través de sociedades patrimoniales (en este caso de tenencia de capital de empresas no cotizadas). Una reforma coherente tendría en cuenta este hecho y, además, equipararía el tratamiento fiscal de los business angels al de las sociedades y fondos de capital riesgo que invierten en empresas de reciente creación, reconociendo que en el fondo desarrollan una actividad análoga.
b) Simplificación y abaratamiento de trámites para la creación de sociedades y fondos de capital riesgo, en concreto aquéllos cuya estrategia de inversión pase por las empresas de reciente creación. En la actualidad los requisitos y costes son prohibitivos para constituir vehículos de inversión de escaso patrimonio, que son precisamente los que invierten en emprendedores.
c) Beneficios fiscales a empresas que participen en el capital de otras de reciente creación: en países más avanzados que el nuestro, las empresas grandes buscan oportunidades de compra y/o alianza con otras más pequeñas que dispongan de activos que sean de su interés. Una forma de conseguir que el empresario español empiece a considerar esta posibilidad consistiría en plantear desgravaciones en la base imponible o reducciones en la cuota del impuesto de sociedades para las cantidades invertidas en el capital de empresas de reciente creación. No hay espacio aquí para entrar en toda la casuística que debería reglar una medida de este tipo, aunque para evitar la picaresca sería preciso, entre otras cosas, que el beneficio no afectase a la inversión en empresas del grupo o asociadas.
d) Racionalización en subvenciones y ayudas a la I+D+i: existen en España distintas ayudas y créditos públicos a las empresas que invierten en I+D+i, lo cual es positivo. Sin embargo se vienen observando que en ocasiones tales ayudas se conceden a proyectos de dudosa o nula aplicación industrial, con lo que en realidad se están concediendo subvenciones encubiertas a la investigación teórica. Conviene no mezclar los capítulos presupuestarios, y dar a cada uno lo suyo: invertir en emprendedores con proyectos viables es una inversión productiva a corto y medio plazo. Invertir en investigación teórica es otra cosa.
e) Creación de líneas de descuento de efectos con capital público: al hilo de lo anterior, una parte de los presupuestos destinados a financiar la “innovación” de los emprendedores debería aterrizarse a la realidad concreta de las empresas, y en lugar de concederse a proyectos de entelequias (que además deben anticipar las inversiones, pues el pago de la ayuda es a posteriori) deberían dedicarse a proyectos empresariales reales, como aquéllos que ya tienen clientes pero cuyos plazos de pago ahogan las tesorerías. En lugar de tales ayudas, una línea estatal de descuento de efectos de emprendedores sería como maná del cielo para reducir las necesidades de financiación del circulante y permitiría la expansión de las operaciones del emprendedor de manera inmediata. Para el Estado sería incluso un negocio, pues podría convertir ayudas directas a fondo perdido en instrumentos de financiación con un colateral y susceptibles de ser cobrados incluso a precio de mercado (pues para el emprendedor el problema no es pagar el coste, sino encontrar en las entidades de crédito líneas de descuento que no tengan que ser avaladas personalmente).
f) Potenciación de las líneas de crédito a emprendedores: la deuda bancaria es un arma de doble filo para el emprendedor, puede salvarlo de una situación complicada, o abocarlo al concurso. En la actualidad, las entidades de crédito, de manera mayoritaria, analizan los créditos a emprendedores como créditos personales habida cuenta de la altísima tasa de mortandad de las empresas de reciente creación. Sólo algunas entidades han apostado por los emprendedores, a veces desde su “obra social”, concediendo microcréditos sin apenas garantías personales. Una reforma que animase al sector financiero a abrir líneas de microcréditos para proyectos viables facilitaría la creación de las sociedades y sus primeros pasos (una forma de hacerlo y que además mitigaría el riesgo del banco sería apalancar una parte de la inversión que realice el business angel o el fondo de capital riesgo en una startup). Lo mismo cabe decir de líneas de descuento de efectos que no hubiese que avalar personalmente.
2. Impulso de la actividad y crecimiento de la empresa.
Las mayores quejas de los emprendedores para el desarrollo de su actividad económica tienen que ver con las trabas y obstáculos que se encuentran a diario en el ejercicio de sus operaciones empresariales. Algunas de estos inconvenientes provienen del tamaño y complejidad burocrática de una Administración Pública, que en ocasiones está triplicada. Pero estos casos no son los únicos.
Algunas de las reformas que más ayudarían a que los emprendedores dejaren de serlo y se convirtiesen en empresarios son las siguientes:
a) Racionalización de los costes sociales: resulta incomprensible que un autónomo societario español tenga que pagar una cuota mensual de 314 euros, mientras que un francés que hace lo mismo paga 49 euros y un británico una cantidad que oscila entre los 12 y los 60 euros. Con la agravante de que las coberturas son parecidas y además de que los 314 euros se pagan con independencia de la facturación de la sociedad. Cuando parte de la financiación que un emprendedor necesita va destinada al pago de tributos, es que algo está fallando.
b) Cumplimiento de los plazos de pago de las Administraciones Públicas: ninguna Administración debería pagar a más de 30 días a nadie, pero en el caso de los emprendedores la regla anterior debería alcanzar la categoría de Ley. Hay emprendedores que se han visto obligados a cerrar por culpa de los impagos de la Administración, y si bien es cierto que el gobierno está haciendo esfuerzos por resolver este problema, aún se está lejos de la solución real (por ejemplo, que la Administración sólo pueda contratar si existe liquidez en la partida presupuestaria de tal gasto).
c) Aceleración del cobro de facturas: a los emprendedores les resulta muy complicado forzar a los clientes a observar mejores condiciones de pago so pena de perder pedidos, por lo que una medida como las líneas públicas de descuento propuestas en el punto anterior servirían para paliar este problema. Podría estudiarse una reforma más radical que forzase a la empresa que pagase a más de 30 días a poner a disposición del emprendedor un confirming, lo cual eliminaría su necesidad de financiar el circulante.
d) Refuerzo de la legislación anti morosidad: la reforma que dio lugar al procedimiento monitorio no es suficiente, pues el deudor puede alegar cualquier razón para eludir el pago de la deuda y abocar al emprendedor a un procedimiento declarativo interminable. Si aceptamos como un hecho irresoluble que la justicia en España es lenta, al menos debería penalizarse con mayor severidad su uso abusivo por parte de los deudores que lo único que pretenden es dilatar el momento del pago.
e) Revisión del IVA de caja: la situación actual de esta medida tan solicitada por los emprendedores es insostenible, y de hecho el propio ministro Montoro admitió el pasado 23 de septiembre de 2014 que el IVA de caja había fracasado. Lo que debe entender el gobierno es que éste es un juego de suma cero y, si se quiere evitar que el emprendedor resulte perjudicado, alguien debe serlo en su lugar: la Administración o el cliente del emprendedor. Personalmente me inclino por la primera opción, pues si es el cliente, el emprendedor verá cómo éste prefiere contratar con otras empresas, que es justo lo que está ocurriendo en la actualidad.
f) Oficinas de apoyo al asentamiento en los principales países para fomentar la internacionalización: en numerosas industrias el crecimiento de la empresa del emprendedor es inviable sin una salida al exterior, y ésta, aparte de costosa, es compleja. Disponer de oficinas en países de destino que ayuden a los emprendedores a extender sus operaciones en el exterior acercándoles a la realidad jurídica, económica y administrativa de tales países, solucionaría uno de los mayores inconvenientes con que se encuentran sus empresas. Un país que puede permitirse financiar embajadas de Comunidades Autónomas en el exterior con total seguridad puede llevar a cabo una iniciativa mucho más productiva como la propuesta en este punto.
g) Reforma de la legislación mercantil para agilizar las operaciones societarias: nuestras leyes mercantiles deben modernizarse para, entre otras cosas, flexibilizar la gestión de los socios y evitar los problemas de bloqueos administrativos, tan habituales en las empresas de reciente creación.
h) Racionalización burocrática y simplificación de trámites: el tamaño del Estado y su complejidad es tal que para el emprendedor resulta imprescindible contar desde el primer día con los servicios de un gestor que le permita lidiar con la Administración sin caer en la psicosis. La complejidad burocrática no es debida únicamente a la abundancia de figuras administrativas y burocráticas, o a la duplicidad o triplicidad de Administraciones. Algunas instituciones y oficinas se mantienen en la actualidad de manera incomprensible. Por ejemplo, somos muchos los que pensamos que el binomio notario-registrador es arcaísmo que dejó de tener sentido hace tiempo. En la actualidad, con los medios técnicos con los que se dispone, una ventanilla única registral debería ser suficiente para realizar todos los trámites legales, administrativos y fiscales de manera rápida y eficiente sin perjuicio a terceros. Emprender una reforma de este tipo es algo ambicioso pero necesario para adecuar nuestras instituciones al siglo XXI.
Fijémonos que en ninguna de las propuestas anteriores he mencionado los descuentos en las cuotas de la Seguridad Social de los empleados contratados, lo cual es la medida estrella de toda reforma pro emprendimiento del Partido Popular. ¿Acaso deben eliminarse estas ayudas? No. Reducir costes improductivos será más beneficioso que mantenerlos, pero por sí sola esta iniciativa nunca conseguirá nada provechoso.
La cultura del emprendimiento
Resulta bochornoso y da vergüenza ajena escuchar a ciertos políticos transmitir el mensaje: “si no encuentras trabajo y no ves otra opción, emprende”, que yo mismo he escuchado en alguna charla de fomento del emprendimiento. Sólo alguien que nunca se ha bajado de un coche oficial puede pensar que un proyecto empresarial puede nacer de la necesidad, cuando en realidad sólo puede provenir de una necesidad real de mercado.
El emprendedor tiene un talento especial para detectar esa necesidad y el modo de satisfacerla mediante una actividad económica, y generalmente le es suficiente con recibir una adecuada formación sobre gestión empresarial para iniciar su actividad de manera solvente.
Actualmente esa formación es impartida con eficacia desigual en España mediante planes no reglados de asistencia voluntaria que son ofertados tanto por instituciones públicas como privadas, si bien en el Capítulo 1 del Título 1 de la Ley 13/2013 se contempla la aparición del emprendimiento en nuestro sistema educativo (falta por ver el desarrollo reglamentario y, posteriormente, la traducción en la vida real de tales artículos).
En efecto, una medida de tremendo impacto a largo plazo consistiría en incluir el emprendimiento en los planes de estudios reglados, tanto de formación profesional como universitarios (inclusive en la enseñanza secundaria), con un doble objetivo:
1. Conseguir que los jóvenes españoles conozcan y se planteen la creación de una empresa como una alternativa profesional seria y viable.
2. Transmitir a los jóvenes unos pocos conceptos básicos sobre gestión de empresas pequeñas, como por ejemplo la solvencia, el mercado, la deuda, la legislación societaria, etc.
Estas asignaturas no deben ser impartidas por profesorado reciclado ni ignorante de la realidad emprendedora, ni tampoco deben pretender convertir a los estudiantes en emprendedores. Su objetivo debería ser convencerles de que el emprendimiento es una opción y que para llevarla a cabo es preciso, aparte de comercializar productos y servicios de valor, seguir formándose.
Este trabajo de difusión de la cultura emprendedora llegaría tarde, pero su demora sólo conseguirá retardar el progreso de España en la imprescindible construcción de un nuevo tejido industrial.
En España cubre asistencia sanitaria, accidentes y paro. En Reino Unido, Pensión básica (similar a la española), baja por maternidad y prestación por fallecimiento. En Francia, Asistencia sanitaria, jubilación, incapacidad temporal y pensiones de viudedad e invalidez. En este último país hay otras tasas, pero que se pagan únicamente si ha habido facturación y a partir del segundo año.
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