Por Redacción - Nov 3, 2022
El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó este jueves por 177 votos a favor, 88 en contra y 75 abstenciones la conocida como Ley de Startups, que formalmente recibe la denominación de Proyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes.
El texto incluye el dictamen emitido por la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital del 13 de octubre y las modificaciones aprobadas hoy por el Pleno: la enmienda 220 del Grupo Parlamentario Popular y una enmienda transaccional.
La enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Popular propone añadir los Fondos de Emprendimiento Social Europea (FESE) para ayudar a "consolidar el tejido de emprendimiento social en España". Por otro lado, la enmienda transaccional modifica la disposición adicional tercera del Real decreto-ley 17/2020 para que la duración del programa de apoyo se aplique desde enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024.
El proyecto de ley se articula en veintiséis artículos estructurados bajo un título preliminar y otros seis títulos, más ocho disposiciones adicionales, una transitoria, y doce disposiciones finales. Esta iniciativa tiene como finalidad, según se expone en su primer artículo, "establecer un marco normativo específico para apoyar la creación y crecimiento de las empresas emergentes" y, también, "un sistema de seguimiento y evaluación de sus resultados".
Entre los objetivos generales se incluyen la creación, crecimiento y relocalización de empresas emergentes, y "en especial de las microempresas, pequeñas y medianas empresas y emprendedores", así como "las condiciones que favorezcan su capacidad de internacionalización", tal y como han quedado redactados después de su paso por ponencia.
El Título I se dedica a los "incentivos fiscales, atracción de inversión extranjera y fidelización del talento" donde se definen los criterios generales sobre la tributación de las empresas emergentes y los requisitos de identificación de inversores extranjeros, entre otros. Por su parte, el Título II, se refiere a las formalidades aplicables a las empresas emergentes como sociedades limitadas.
Por último, en los títulos III, IV, V y Título VI, se definen la compra pública innovadora por parte de los ministerios, los "entornos regulados de pruebas", para las empresas calificadas como emergentes, que operan en sectores regulados; y la "colaboración público-privada entre universidades y empresa emergentes" y el "fomento de las empresas emergentes", donde se definen la acción estatal de apoyo y sus ayudas; y el "seguimiento participativo de las políticas públicas estatales sobre empresas emergentes" y que, para dicho seguimiento, se creará el Foro Nacional de Empresas Emergentes.
Asimismo, a través de las disposiciones finales se incluyen modificaciones de las leyes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
Durante su trámite en ponencia, el texto original del Gobierno fue modificado con la inclusión de enmiendas de los grupos parlamentarios Socialista, Popular, Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Plural, Republicano y Ciudadanos, así como un total de 27 enmiendas transaccionales.
Entre los cambios introducidos por la ponencia se encuentran "el fomento de polos de atracción de empresas emergentes en entornos rurales" como un objetivo general de la ley, así como el proceso de evaluación dentro del proceso de certificación del emprendimiento y de la escalabilidad del modelo de negocio, definido en el artículo 4 del proyecto de ley.
Asimismo, se ha aprobado una disposición adicional novena nueva, por la que se crea la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial que será encargada de "la concienciación, divulgación y promoción de la formación, y del desarrollo y uso responsable, sostenible y confiable de la inteligencia artificial" y que definirá los mecanismos de asesoramiento y atención a la sociedad y a otros actores relacionados con el desarrollo y uso de la inteligencia artificial. También se ha ampliado la modificación de la Ley de Auditoría de Cuentas.
En su trámite en comisión, el texto, transformado en dictamen tras su aprobación, integraba el informe de la ponencia y cuatro enmiendas transaccionales. Las enmiendas presentadas por los grupos y debatidas en comisión fueron rechazadas.
Tras su aprobación en Pleno, el proyecto de ley se remite al Senado para continuar su tramitación parlamentaria. La Cámara Alta podrá aprobar el texto en sus términos, presentar enmiendas o proponer un veto. En el caso de los dos últimos supuestos, la iniciativa regresará al Congreso de los Diputados para un último debate en pleno.
La tramitación parlamentaria de la conocida como Ley de Startups llega a su recta final tras la aprobación del texto por la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital el pasado 13 de octubre por 32 votos a favor, ninguno en contra y cinco abstenciones.
Como consta en las últimas Disposiciones Operativas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) español y en el Componente 13 “Impulso a la PYME” y la Política Palanca V “Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora” de dicho Plan, previsiblemente la Ley de startups entrará en vigor el cuarto trimestre de 2022.
Dicha Ley, consignada en el Marco estratégico en Política de PYME 2030, el Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025 y en una de las Líneas directrices del PRTR “Transformación digital: una España digital”, busca ante todo que la transformación digital sea inclusiva y sostenible, impulsando la digitalización de la empresa -especialmente pymes y startups- y la industria, la I+D+i, y la capacitación digital de la población.
El proyecto de ley definitivo que ya cuenta con el beneplácito del Consejo de Ministros presenta para el ecosistema de startups español algunas novedades y beneficios que a continuación detallamos a modo de claves rápidas para conocerlas.
El proyecto de ley define a una startup como una empresa de nueva creación o de menos de 5 años (7 años para empresas vinculadas al sector de la biotecnología, la energía, los sectores industriales u otros sectores estratégicos que hayan diseñado tecnología propia íntegramente en España). La startup debe tener volumen de negocio anual inferior a los 5 millones de euros, poseer carácter innovador, y que no coticen en mercado ni haya distribuido beneficios.
La exención fiscal sobre las stock options, que se eleva de los 12.000 a los 50.000 euros anuales, permite retrasar su tributación hasta el momento en el que se hagan líquidas y aplazar la deuda tributaria del Impuesto de Sociedades o sobre el Impuesto sobre la Renta de No Residentes en los dos primeros ejercicios desde que la base imponible sea positiva, sin intereses de demora y hasta por un año y medio año cada uno.
Previa certificación por parte de ENISA, podrás disfrutar de una reducción del Impuesto de Sociedades durante sus primeros cuatro años de existencia de hasta el 15%.
La base máxima de deducción por inversión en startups será de 60.000 a 100.000 euros anuales, y el tipo de deducción será del 50%.
Las empresas se podrán constituir en España por un euro y por medios telemáticos
Los aranceles son gratuitos respecto a notarios y registradores en el proceso de constitución de una sociedad limitada.
Los inversores que no sean residentes sólo tendrán que presentar el número de identificación fiscal (NIF).
La figura carried interest consta como amparada y un complemento que perciben los gestores de fondo cuando logran generar valor mediante sus inversiones.
La doble cotización para trabajadores que estén montando una startup mientras se desempeñan profesionalmente en otra compañía se elimina.
La atracción de talento extranjeros /emprendedores, expatriados y teletrabajadores que lleguen, residan y trabajen en España hasta durante cinco años podrán acogerse a un régimen tributario especial y tributando por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
El proyecto de ley también pondrá en marcha el mecanismo “Foro Nacional de Empresas Emergentes” (punto de encuentro entre el sector y las Administraciones Públicas).
La administración ejecutora del proyecto de esta ley es la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial (SEDIA) del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.