A muchas de las personas que se han planteado o se están planteando el inicio de una actividad económica por cuenta propia les asaltan, como es lógico, multitud de dudas acerca del reto que tienen por delante.
No son pocas las incógnitas que despejar para intentar arrancar con buen pie, por ejemplo: qué canales de venta serán los más apropiados, qué estrategia de marketing será más efectiva o cómo se encontrarán los proveedores que les suministren aquello que van a necesitar de la mejor forma posible.
Aparte de lo ya expuesto, las eventualidades legales son, con frecuencia, otras de las grandes preocupaciones que se vienen a la mente del emprendedor, como a la de cualquier otro empresario.
Aquí es donde surge la gran pregunta que nos hacemos en este artículo: ¿Es conveniente contar con asesoramiento jurídico para emprender? La respuesta, a mi entender, es sencilla, es altamente recomendable disponer de él.
Iniciar una actividad, ya sea como persona física o a través de una persona jurídica, no sólo se corresponde con cumplimentar la documentación para el alta ante los organismos competentes, sino que representa la asunción de multitud de obligaciones con implicaciones normativas.
Sin ir más lejos, tomar la decisión acerca de si resulta más conveniente comenzar en el tráfico como persona física o constituir una persona jurídica ya reviste unas implicaciones legales que conviene tener presente para escoger el camino que mejor se adapte a las circunstancias concretas.
Volviendo a las determinaciones con reflejo jurídico, nuevamente, vamos a exponer algunos ejemplos:
¿Qué sucede si uno de los socios del negocio quiere separarse de la actividad?
¿Qué sucede si quiere entrar un nuevo inversor en la actividad?
¿Qué sucede si uno de los proveedores incumple sus obligaciones?
¿Qué sucede si la Administración ordena clausurar el local de negocio por incumplimientos urbanísticos?
¿Qué sucede si la Administración tributaria me inspecciona?
¿Qué sucede si, como consecuencia de esa inspección, la Administración tributaria me sanciona?
Con independencia de la respuesta concreta que se pueda ofrecer a cada una de las preguntas expuestas, podemos extraer un patrón común a todas ellas: ponen en riesgo la continuidad de la actividad empresarial.
Es natural pensar que nadie, por su propia voluntad, quiere que su empresa fracase por una alguna situación como las planteadas. Sin embargo, en no pocas ocasiones se llega a una de ellas por el mero hecho de no haber tomado en consideración lo recomendable que es disponer de un acompañamiento jurídico en la actividad.
Un adecuado acompañamiento jurídico entraña multitud de beneficios, pero, personalmente, me gusta destacar dos por encima de cualesquiera otros:
Prevención, en la medida de lo posible, de eventuales perjuicios que puedan hacer tambalear el futuro del negocio.
Liberación a los gestores de las complejidades normativas para que puedan centrarse en lo capital, esto es, la prosperidad de su actividad.
En atención a estos dos puntos cardinales, a mi humilde entender, no ha de tratarse, simplemente, de contratar un "proveedor de servicios jurídicos", sino de procurar establecer una relación de confianza que pueda prolongarse en el tiempo, es decir, que acompañe a la propia actividad, la conozca y sea consciente de sus necesidades para poder prestar ese servicio de acuerdo con los intereses de la compañía.
Destaco especialmente la importancia de la mencionada relación de confianza o, como decimos los juristas, intuitu personæ, basada, por tanto, en ese vínculo que se establece entre el abogado y el cliente y que permite su desarrollo de una manera óptima bidireccionalmente.
Como corolario, me gustaría resaltar que la misión del asesor jurídico en el emprendimiento y, en general, en la empresa, puede resumirse en:
esforzarse por conocer el negocio
entender sus necesidades
ofrecer alternativas y soluciones dentro de los límites normativos.
Por ello, si ambas partes convienen dar cumplimiento a esas premisas, lo más probable es que la andadura mercantil evite tortuosos caminos que pongan en riesgo su continuidad.
Diego Luque es abogado y profesor universitario