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Estrasburgo exige que la empresa informe a sus empleados antes de revisar sus emails

Responsable de Redes Sociales y redactora de TodoStartups

Cortesía de European Court of Human Rights

La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos acaba de dictar una sentencia que seguro creará cátedra en el resto del mundo y que está relacionada con la privacidad de los empleados. Y es que esta sentencia establece que las empresas deberán avisar previamente a los trabajadores en el caso de que estén comprobando sus cuentas profesionales de correo electrónico.

Esta sentencia, que se ha publicado en una nota de prensa por este tribunal, podría tener ciertas repercusiones en la manera en que las empresas pueden supervisar las comunicaciones de sus empleados en el lugar de trabajo.

En este caso, el tribunal europeo se refiere a un caso que tuvo lugar hace diez años. El trabajador Bogdan Barbulescu fue despedido en 2007 por incumplir una serie de reglas establecidas por su empresa relacionadas con el uso de los recursos de la misma para fines personales. En concreto, este trabajador rumano había utilizado una herramienta de mensajería instantánea para intercambiar mensajes personales con su familia. Las transcripciones de estas conversaciones fueron presentadas como prueba para el despido.

En cambio, la Gran Sala del Tribunal Europeo ha dictaminado que la empresa de Barbulescu violó el derecho de los ciudadanos a respetar su vida privada y familiar, haciendo referencia al artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos en el que se contemplan dichos derechos.

Esta sentencia contradice así la acatada por los tribunales de Rumanía que habían rechazado su denuncia. Ahora, el tribunal europeo, con once votos contra seis, ha establecido que el derecho de Barbulescu a una vida privada fue violado.

En concreto, la sentencia determina que el trabajador no había sido debidamente informado sobre la posibilidad de que se iban a vigilar sus comunicaciones ni de las consecuencias que podría traer esa vigilancia.

Ahora bien, para la Corte el fallo no significa que un jefe no pueda revisar los correos electrónicos de sus trabajadores, sino que la clave está en que la vigilancia vaya acompañada de garantías adecuadas y suficientes contra los abusos.

Así, se establece que el jefe siempre deberá informar previamente al trabajador en el caso de que se vaya a iniciar una inspección o vigilancia de sus cuentas, situación no se dio en el caso de este trabajador rumano.

Responsable de Redes Sociales y redactora de TodoStartups
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